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Código de Procedimientos Civiles Artículo 883 quater Estado de Quintana Roo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código de Procedimientos Civiles Quintana Roo
Artículo 883 quater.

La sentencia de divorcio en su caso contendrá las cuestiones siguientes:

I.- Relaciones entre padres e hijos; y derechos y deberes inherentes a la patria potestad;

II.- Medidas cautelares de convivencia familiar;

III.- Situación del patrimonio familiar;

IV.- Modalidades en la custodia, vigilancia y cuidado de los hijos;

V.- Pensiones alimenticias vencidas y futuras;

VI.- Obligaciones de crianza;

VII.- Liquidación de la sociedad conyugal;

VIII.- Nombramiento de los liquidadores;

IX.- Indemnización compensatoria a que se refiere el Artículo 822 BIS del Código Civil;

X.- Medidas necesarias para proteger a las personas menores de edad de conductas de violencia familiar o cualquier otra circunstancia que lastime u obstaculice su desarrollo armónico y pleno;

XI.- En los casos de violencia familiar, las medidas de seguridad, seguimiento y la remisión a psicoterapia reeducativa necesaria para eliminar los actos de violencia familiar.

Medidas que podrán ser suspendidas o modificadas, según se trate el caso y de conformidad con lo dispuesto por este Código;

XII.- Las demás que sean necesarias para garantizar el bienestar, el desarrollo, la protección y el interés de los hijos menores de edad.



Estado de Quintana Roo Artículo 883 quater Código de Procedimientos Civiles
Artículo 1 ...883 bis 883 ter 883 quater 883 quintus 884 ...1029

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Los nuevos comentarios en el sitio web

Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y


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